Luego de siete años de lucha ininterrumpida, los femicidas de Lucía Pérez fueron condenados por su asesinato. Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Mar del Plata condenaron a Matías Farías y a Juan Pablo Offidani por considerarlos responsables del abuso sexual y el asesinato de la joven de 16 años en octubre del 2016.
En este segundo juicio, Farías fue condenado a prisión perpetua por ser considerado “autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes y por resultar la muerte de la persona ofendida en concurso ideal con femicidio ocurrido el 8 de octubre de 2016″.
Por su parte, Offidiani fue considerado “partícipe secundario penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes”, por lo que recibió una pena de ocho años, que se le suman a los ocho que ya tenía por venta de estupefacientes agravado.
“Es importantísimo seguir una lucha y estar unidos (…) Armemos estrategias como lo hemos hecho, porque si no hubiésemos hecho todo lo que hicimos, Lucía hoy no tendría justicia”, dijo Marta Montero, mamá de Lucía, a la salida del juicio.
Esta condena es consecuencia de la militancia de la familia de Lucía junto con organizaciones feministas que desde el inicio pelean porque el asesinato de la joven sea considerado un crimen de género, es decir, un femicidio.
El primer juicio
En el 2018, se llevó a cabo el primer juicio a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Mar del Plata, integrado por los jueces Aldo Carnevale, Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso. Las condenas fueron a Farías y Offidani por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo”, absolviéndolos del femicidio y de los delitos sexuales.
Dada la escalada pública que había adquirido el caso, el fallo recibió una enorme condena social, y fue señalado por las organizaciones feministas como misógino y patriarcal, dando lugar al primer Paro Nacional de Mujeres, Lesbianas, Travestis y Trans el 5 de diciembre de 2018. Finalmente, ese fallo fue revocado en el 2020 por el Tribunal de Casación Penal bonaerense.
Para Casación, el fallo contenía “intolerables prejuicios” y “suposiciones basadas en estereotipos de género”, por lo que se resolvió llevar adelante este segundo juicio con un nuevo tribunal integrado por los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone. Además, los jueces Viñas y Gómez Urso (Carnevale renunció a su cargo) enfrentarán un jury de enjuiciamiento – organismo político cuyo objetivo es investigar la conducta de los jueces y funcionarios – bajo la acusación de “negligencia, incumplimiento de los deberes de cargo y parcialidad manifiesta”.